Serán propuestos a los «Premios de Bachillerato de Investigación/Excelencia» los alumnos de cada centro docente que obtengan mayor puntuación en base a los siguientes porcentajes, obtenidos de las calificaciones recogidas en las actas de evaluación final de bachillerato:
a) 50 por 100 a la calificación obtenida en el Proyecto de Investigación.
b) 35 por 100 a la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en las materias señaladas a continuación, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima:
Materia propia de primer curso: mecatrónica.
Dos materias de segundo curso de la rama del conocimiento objeto de profundización: Tecnología e Ingenería II /Física
c) 15 por 100 a la nota media de la etapa de bachillerato.
La nota media de la etapa de bachillerato será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en el Bachillerato, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima.
4. La puntuación final se expresará en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima.
5. Para resolver el empate en la puntuación final se tendrán en cuenta, en el orden en el que se indica, los criterios siguientes:
a) La mejor calificación de la materia a la que se vincula el proyecto, según lo indicado en el Anexo IV.B de la Orden EDU/443/2016, de 23 de mayo, remitido por el centro docente.
b) La mayor nota media de la etapa de bachillerato, calculada y expresada conforme al artículo 4.3. c).
c) La mayor nota media utilizada en el artículo 4.3. b).
En el caso de persistir el empate se tendrá en cuenta la mayor calificación en las materias señaladas en el artículo 4.3. b) según el orden de prelación recogido en el Anexo I.
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